Juan Sebastián Quiroga Díaz
San Luis Gonzaga Fe y Alegría.
Gestión contable
1) DEBERES APRENDIZ SENA
1. Conocer
las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el
Reglamento del Aprendiz SENA.
2. Informar
al coordinador académico sobre el retiro del programa de formación o sobre los
cambios en la información registrada en el momento de la matricula.
3. Portar
permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA.
4. Utilizar
los elementos de seguridad dispuestos en los ambientes de aprendizaje para
estar protegidos contra accidentes durante el programa de formación en el SENA.
5. Conservar
y mantener en buen estado, orden y aseo las instalaciones físicas, el material
didáctico, equipos y herramientas; utilizar, cuidar y hacer buen uso de los
materiales, los elementos de protección personal dispuestos por el SENA en el
ambiente de aprendizaje donde sea necesaria su utilización y respondiendo adecuadamente por
los daños ocasionados.
6. Actuar
siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia: obrar
con honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justicia, compañerismo y
solidaridad con la totalidad de los integrantes de la Comunidad Educativa.
7. Hacer
buen uso de los espacios de comunicación y respetar a los integrantes de lo
Comunidad Educativa, siendo solidario, tolerante y prudente en la información
que se publique en los medios de comunicación.
8. Respetar
los derechos de autor de materiales, trabajos y demás documentos generados en
los grupos de trabajo o de terceros.
9. Informar
al instructor - tutor, coordinador, directivos o personal de apoyo cualquier
irregularidad que comprometa el buen nombre y marcha del centro de formación,
de la entidad y de la comunidad educativa o que considere sospechosa dentro
dela Institución y los ambientes de aprendizaje, permitiendo la actuación
oportuna preventiva o correctiva.
10. Cumplir
con las actividades del plan de formación acordado con el instructor – tutor o
del Plan de Mejoramiento en el horario acordado.
11. Solicitar
respetuosamente a los responsables de la información académica los avances en
el proceso formativo y mantenerse informado del juicio de evaluación emitido
por el instructor – tutor.
12. Apoyar el
desempeño de los instructores - tutores en su práctica docente como elemento
orientador y facilitador en la construcción del conocimiento y el mejoramiento
institucional
13. Entregar
oportunamente al Coordinador Académico las solicitudes o novedades que se le
presenten durante el proceso formativo, entre ellas la consecución de
patrocinio o vinculación laboral inmediatamente esto ocurra.
14. Participar
en el desarrollo del Plan de Gestión Ambiental del Centro, colaborando y
fomentando la necesidad de clasificar los desechos, conservar el medio ambiente
y el equilibrio de la naturaleza, y no poner en peligro la supervivencia de
especies vegetales y animales. .
15. Respetar
la dignidad, intimidad e integridad del ser humano al igual que los elementos
de su propiedad, valorando los estímulos o beneficios recibidos sin
transferirlos a terceros
16. Cuidar y
mantener la adecuada presentación personal según el ambiente y actividad a
desarrollar.
17. Apoyar,
valorar y acatar las decisiones tomadas en forma grupal, siempre y cuando estas
no afecten el buen desempeño formativo, así como respetar la opinión de los
diferentes miembros de la Comunidad Educativa.
18. Atender y
cumplir las indicaciones para participar en salidas, en pasantías técnicas o
intercambios de aprendices a nivel nacional o internacional.
2) DERECHOS APRENDIZ SENA
1. A recibir inducción completa del SENA.
2. A la
Formación Profesional acorde con el programa en el cual esta matriculado.
3. A hacer
uso adecuado de los ambientes de aprendizaje disponibles para la Formación
Profesional.
4. A
disfrutar de los programas institucionales de bienestar al Aprendiz.
5. A
participar en las actividades curriculares y extracurriculares de formación
programadas por el SENA.
6. A ser
tratado con dignidad y respeto por todos los integrantes de la Comunidad
Educativa.
7. A
recibir orientación académica y de comportamiento que estimule el desarrollo
personal y promueva la convivencia social.
8. A hacer
escuchado y atendido en mis peticiones siguiendo el debido proceso y el derecho
de defensa.
9. A
contar con Planes de Mejoramiento, cuando en el seguimiento al proceso
formativo no se evidencie el logro de los resultados de aprendizaje propuestos
o se incumpla o infrinja los compromisos adquiridos en la matricula.
10. A estar
protegido contra riesgos o accidentes durante el tiempo del programa de
formación y en las actividades que sean realizadas en el Centro de Formación.
11. A
disponer de los elementos de seguridad propios del programa de formación
profesional.
12. A ser
informado de los avances en el proceso formativo o notificado a través de los
conductos regulares y en forma oportuna de las medidas formativas para su
mejoramiento.
13. A
participar en la evaluación de los instructores.
14. A
recibir la certificación que le corresponda, una vez cumpla la totalidad de los
requisitos establecidos en el programa de formación y la normativa SENA.
15. A
expresar con libertad ideas y pensamientos, respetando el derecho a la libertad
de expresión de los demás integrantes de la Comunidad Educativa sin perturbar
el orden educativo.
16. A
recibir en el momento de su matrícula el carné estudiantil que lo acredite
como aprendiz del SENA, a renovarlo de acuerdo con las
disposiciones vigentes y devolverlo al culminar el programa de formación o en
caso de cancelación de matrícula
3) TRASLADO.
Es la solicitud escrita presentada por el Aprendiz, para el cambio de jornada o
de Centro de Formación, en el mismo programa en el que está matriculado, o en
otro programa afín tecnológicamente, en el que se haya aplicado la misma prueba
de selección en el proceso de ingreso. Todo traslado está supeditado siempre a
la disponibilidad de cupo que exista en el programa al cual se va a trasladar.
Para solicitar el traslado, el aprendiz debe haber finalizado al menos su
primer trimestre del proceso de formación y estar a paz y salvo con el SENA por
todo concepto.
4)
Deserción. Se considera deserción:
a. Cuando
el aprendiz injustificadamente no se presenta a las actividades de su programa
de formación, durante un mes continuo.
b. Cuando
al terminar el periodo de aplazamiento aprobado por el SENA, el Aprendiz no
reingresa al programa de formación.
c. Cuando
transcurridos dos (2) años contados a partir de la fecha de terminación de la
etapa lectiva del programa, el Aprendiz no ha presentado la evidencia de la
realización de la etapa práctica.
5)
APLAZAMIENTO. Es la solicitud que el Aprendiz puede realizar por escrito para
retirarse temporalmente del programa de formación en el que se encuentra
matriculado, por un tiempo máximo de seis (6) meses calendario continuos o
discontinuos, por alguno de los siguiente motivos debidamente comprobados:
enfermedad, maternidad, servicio militar, problemas de seguridad o
calamidad doméstica.
En el caso del servicio militar y las incapacidades por enfermedad o maternidad, el aplazamiento se dará por el tiempo que la instancia competente determine, previa presentación del soporte por parte del Aprendiz.
6)
Criterios para calificar la falta: Para hacer la calificación provisional y
la calificación definitiva de la(s) falta(s) en uno de los tres grados
señalados anteriormente, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1.
Daño(s) causado(s) y sus
efectos
2.
Grado de participación
del Aprendiz
3.
Antecedentes del
Aprendiz
4.
Rendimiento del aprendiz
en su proceso de formación
5.
Confesión de la(s)
falta(s)
6.
Haber procurado, por
iniciativa propia, resarcir el daño causado o compensar el perjuicio causado
7) Las
sanciones que pueden imponerse por faltas académicas o disciplinarias son:
a.
Llamado
de atención escrito: Medida sancionatoria que
se impone por el servidor público competente como resultado del procedimiento
establecido en este Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida
por un aprendiz. Se impone a través de comunicación escrita dirigida por el
Subdirector del Centro al Aprendiz, con copia a su hoja de vida. Constituye
antecedente sancionatorio e implica la concertación de un plan de mejoramiento
que debe firmar y cumplir el Aprendiz.
b.
Condicionamiento
de la matrícula: Acto académico
sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o
disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este
Reglamento.
c. Cancelación de la
matricula. Esta sanción será
impuesta por el Subdirector del respectivo Centro de Formación, una vez agotado
el procedimiento establecido en este Reglamento, cuando se presente una de las
siguientes causas:
·
Cuando la gravedad de
la(s) falta(s) lo amerite, con base en los criterios de calificación señalados
en los numerales 1 a 7 del artículo 21 de este reglamento.
·
Por incumplimiento del
plan de mejoramiento acordado, como consecuencia de un condicionamiento de
matrícula.
·
Cuando los antecedentes
del aprendiz a sancionar evidencien que ya tuvo un condicionamiento de
matrícula durante su proceso de formación
·
Cuando el aprendiz ha
tenido faltas injustificadas en la entrega de las evidencias de aprendizaje o
valoración deficiente de los resultados de aprendizaje, que sobrepasen el
cincuenta por ciento (50%) del total del programa de formación.
·
Realizar o apoyar actos
que limiten o afecten el derecho a la educación o la locomoción de la comunidad
educativa del SENA.
·
Hurtar, estafar o abusar
de la confianza de cualquier integrante de la comunidad educativa, o
amenazarlo, sobornarlo, coaccionarlo o agredirlo verbal o físicamente, o ser
cómplice o coparticipe de delitos contra ellos o contra la institución.
·
Destruir, sustraer o
dañar instalaciones físicas, equipos, materiales, software, elementos y
dotación en general del SENA o de instituciones, empresas u otras entidades
donde se desarrollen actividades de aprendizaje, culturales, recreativas,
deportivas y sociales o intercambios estudiantiles nacionales o
internacionales.
8) PARA CASOS ACADÉMICOS:
- Profesor de la
materia.
- Director de
grupo.
-
Coordinador.
- Consejo
académico.
-
Rector.
- Consejo Directivo.
PARA CASOS DISCIPLINARIOS:
- Profesor que observa la falta.
- Director de grupo.
- Coordinador.
- Rector.
- Consejo Directivo.
9) DEBIDO PROCESO
1 .Llamado de atención verbal
desatendido
2. Llamado de atención escrito
desatendido
3. Plan
de mejoramiento incumplido
4. Comité de Evaluación y Seguimiento
5. Toma
de decisiones del Comité
6.
Establecimiento del compromiso del aprendiz y/o acción Administrativa (Llamado
de atención con copia a la hoja de vida, condicionamiento)
7. Si
incumple el compromiso, siguiente paso (Condicionamiento, Cancelación)
10) Si son faltas graves?
•El
Reglamento del Aprendiz brinda 7 aspectos para calificar una falta.
•Si la
falta es grave, pueden hacerse los dos primeros llamados de atención
simultáneamente y solicitar la realización del Comité.
•En
ningún caso se puede omitir alguna fase del debido proceso
Pasos del
Comité
1. El
conocedor de la situación, genera un informe y lo pasa al Coordinador,
solicitando el Comité.
2. Debe
haber abordado los pasos 1 al 3.
3. Debe
tenerlas evidencias documentales de esa gestión.
4. Deben
existir informes de todos los actores implicados.
5. La
documentación debe ser entregada al Coordinador.
6. El
coordinador Cita al Comité, garantizando la asistencia de los miembros.
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